Mediante este servicio se permite la presentación por medios electrónicos de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento, expidiendo los recibos justificativos de presentación en el Registro General. El registro de entrada se deriva a las unidades tramitadoras destinatarias de la solicitud por medios electrónicos. Es necesario aportar la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento objeto de la solicitud.
Cualquier persona legitimada en función del objeto de la solicitud y que posea certificado electrónico reconocido.
No esta sujeto a plazos.
- Presencialmente en la Oficina de Atención al Ciudadano:
https://www.villajoyosa.com/oac/index.php
- Registro Electrónico.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud.
Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen.Acceso a los modelos normalizados de solicitud